lunes, 6 de abril de 2015

Cuidado con los agentes del caos electoral

Miguel Ángel Gómez Polanco

Llegó la hora cuchi-cuchi, como dijera Beto “El Boticario”. Aquella época en la que el significado de “guerra” se convierte en la más espectacular y versátil herramienta de persuasión. Esa temporada en la que sales a orear tus ideas en alguna plaza pública, pero regresas a tu hogar como “turista electoral”, con propaganda política hasta en los calzones.  Así es: iniciaron las insufribles campañas.
            Atrás quedaron los Morris, los 132 y los peligros para México. Si acaso, permanece en la confundida molestia colectiva aquello que con abolengo han llamado “el caso Aristegui”, lo cual no es más que un acontecimiento diseñado para “alborotar el gallinero” (y que ha logrado con éxito, por cierto).
No obstante, la más reciente reforma en materia político-electoral está en marcha, y con ella, la ciudadanización de la democracia está más cerca (o por lo menos eso se espera).
            Pero a pesar de esto -y para nuestra desgracia- lo que prevalece es el desconocimiento y el desinterés en algunos de los temas de la agenda nacional que, en estos momentos, juegan un papel determinante para alcanzar aterrizar la conciencia de voto que tanto le urge al país.
            En este contexto, uno de los factores más afectados es el ejercicio mismo del voto. ¿Votar o no votar? Es la pregunta que una cantidad considerable de connacionales se preguntan; con miedo y hasta con dejos de mala leche en quienes más o menos saben lo que significa la duda por sí sola.
            Como ejemplo de lo anterior, está una información que a menos de 24 horas de iniciadas las campañas electorales, ha comenzado a regarse como pólvora, con la evidente finalidad de agravar la irresponsabilidad cívica de las votaciones.
            Varios medios de comunicación han circulado una tormentosa noticia: si no votas o promueves el abstencionismo, te irás al bote o mínimo tendrás que pagar una multa por ello, de acuerdo –según ellos- en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
            Ahora bien y como siempre: el presente panfleto, en su incesable búsqueda de representar un elemento útil y menos alarmista de y para la información; expone lo siguiente para su consideración y en relación a dicha “noticia” que ya le ha provocado varios sustos a la sociedad.
            El Artículo 7 del Capítulo II de la Ley General en Materia de Delitos Electorales (vigente al 26 de marzo de 2015), dice:

Se impondrán de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:


III. Haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto o para que se abstenga de emitirlo

Asimismo, el numeral VII del mismo Artículo, especifica:

(A quien) solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestacion, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.


De igual forma, se sancionará a quien amenace con suspender los beneficios de programas sociales, ya sea por no participar en eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido político o coalición; o a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un candidato, partido político o coalición.

Como se puede apreciar, el documento precisa (y por si las dudas, en esta ocasión quien suscribe lo ha subrayado para que no queden dudas), que las sanciones –ya sea cárcel o multa- se aplicarán a quien coaccione el voto o la anulación de éste el día de la jornada electoral o tres días antes, no antes y menos, después, mientras que en el apartado de los programas sociales, la negación de éstos utilizando la abstención del voto o el sufragio a favor de algún candidato o partido político, queda reservado para el desarrollo de las campañas o el día de la jornada, pero solo tratándose de coacción.
            ¿Qué refiere lo anterior? Ahí le va, para que ya le baje a los bolillos para el susto: la libertad de expresión no se coarta con  la nueva Ley Electoral, pues únicamente el condicionamiento de medios públicos (como los programas sociales) son motivos de sanción, lo cual queda –además- especificado en los artículos subsecuentes (8, 9, 11 y 20) donde se acentúa que durante la fase de campañas, únicamente los servidores públicos o funcionarios electorales que coaccionen el voto o la abstención, serán castigados.
            La reflexión, sin embargo, es: ¿en realidad es conveniente no votar? ¿Esto, independientemente de que haya personajes tan representativos como Javier Sicilia que promuevan la anulación del voto?
            Si se lo dejamos a la matemática básica, la explicación sería más o menos la siguiente: si tenemos seis votantes, de los cuales tres sufragan por un mismo partido y dos por otro, queda uno que sería el decisivo. Si éste es anulado ¿quién gana, entonces?
Por tanto, echémosle tantito coco si es que de verdad “estamos hartos”, sugiero. 
Si no, quizás al igual que quien difunde información falsa (sobre todo por internet) como la de las sanciones por promover la abstención; nos convertiremos en simples agentes del caos electoral que terminarán igual de empinados que quien sí votó ¿o no?
           


SUI GENERIS

Hay que tomarle la palabra al presidente Peña. Dice que en México, 47.4 millones de personas tienen acceso a internet. Es decir: que durante su gestión, el porcentaje de internautas ha aumentado de 21 a 40 por ciento la cantidad de usuarios (y vaya que debemos agradecerle el hecho, pues sus “chistes” no es tan fácil encontrarlos en los medios de comunicación tradicionales).
            Pero ¡cuidado! Porque la internet tampoco garantiza veracidad en lo que se ve y menos aún asegura que habrá de esa prostituida “objetividad” que por inercia buscamos en los contenidos que circulan en la también conocida como “supercarretera de la información”. Eso ya lo deberíamos saber.
            Y es que aterrizando lo anterior en nuestra entidad, Veracruz está, junto con Zacatecas, Chihuahua, Michoacán y Nayarit, en el Grupo II de mayor incidencia en abstención, según el Instituto Nacional Electoral, por lo que es de esperarse que, dada la coyuntura socio-política del país, estas elecciones representen el momento ideal para la confusión por parte de los actores políticos y mediáticos que tienen como especial interés desestabilizar los comicios a través de información tergiversada a través internet; recurso que ha aumentado exponencialmente su presencia en la decisión de voto de las y los mexicanos, precisamente por la apertura por la que pasa su acceso.


POST-IT: Y a todo esto ¿qué de malo tiene si en un futuro no lejano se institucionaliza el voto obligatorio en México? Quizás representaría un acicate necesario para indagar más por quién estamos votando y no hacerlo a lo bruto (como bruto es no votar, también para después quejarse de que ganó “el o la peor”… sin que nosotros hiciéramos algo para evitarlo). ¿Qué no todo México quiere un presidente como el ex de Uruguay, José “Pepe” Mujica? (o por lo menos eso se dice en las redes sociales). Bueno, pues allá en el país sudamericano es constitucionalmente obligatorio el voto y el porcentaje de participación electoral en las últimas cuatro elecciones no ha variado en más del dos por ciento, en comparación con el siete por ciento oscilante de México ¡plop!



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